Cámara de Representantes aprueba proyecto conocido como “Ley de Intercambio Publicitario de Vehículos Gubernamentales”

Publicado: Abril 30,2018 6:39pm
 Cámara de Representantes aprueba proyecto conocido como “Ley de Intercambio Publicitario de Vehículos Gubernamentales”

La Cámara de Representantes aprobó este lunes, el proyecto 839 del representante Joel Franqui Atiles conocido como "Ley de Intercambio Publicitario de Vehículos Gubernamentales” para atender los costos del mantenimiento de las flotas de vehículos en las agencias y el 25 por ciento de los ingresos provenientes de los acuerdos deberán ser destinados de alguna manera al mantenimiento de los vehículos de motor, aéreo o marítimo de la Policía de Puerto Rico, Bomberos y Emergencias Médicas adscritos al Departamento de Seguridad Pública.

"Es necesario buscar alternativas que ayuden a economizar en nuestro Gobierno, el propósito del proyecto es negociar acuerdos de intercambio publicitario con el sector privado para la venta de espacios debidamente designados en los vehículos de flota gubernamental y así fomentar acuerdos que promuevan el crecimiento económico y contribuya en atender la grave crisis fiscal, económica y presupuestaria por la que atraviesa el país”, explicó Franqui Atiles en declaraciones escritas.

La pieza legislativa faculta a la Administración de Servicios Generales (ASG) formalizar acuerdos con empresas privadas y el valor de dicho anuncio será utilizado exclusivamente para el mantenimiento de la flota.

El representante añadió que al presente el Gobierno mantiene una flota de aproximadamente 12,000 vehículos de inventario. El costo de mantenimiento es sumamente alto y representa una carga excesiva ante la difícil situación económica del Gobierno.

"Todos sabemos que el Gobierno tiene un déficit  y que carece de liquidez, este proyecto faculta y asiste en el proceso de ahorros fiscales, pero siempre reconsiderando que no se afecten  los servicios esenciales a los ciudadanos”.

Explicó que el proyecto dispone que Administración de Servicios Generales debe evaluar el anuncio, imagen o ilustración, que no lacere el público que ostenta la unidad vehicular. El anuncio no podrá promover alguna religión o ideales de naturaleza política. Mucho menos podrá promover bebidas alcohólicas, venta de armas, productos de naturaleza sexual o cualquier otro producto o marca que se estime ofensivo al fin público.

También se prohíbe la colocación de anuncios o publicidad a cualquier vehículo de motor u otro medio que pertenezca al Departamento de Seguridad Pública.

El espacio para promover el anuncio deberá cumplir con las disposiciones de la Ley Número 355-1999 como "Ley Uniforme de Rótulos y Anuncios de PR”.

CN

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