Aprueba el Senado medida con el propósito de condenar el acoso en el empleo

Publicado: Julio 25,2020 6:50am
 Aprueba el Senado medida con el propósito de condenar el acoso en el empleo

Con el objetivo de frenar la persecución en los centros laborales, el Senado aprobó durante una  sesión extraordinaria el Proyecto de la Cámara 306, que crea la "Ley para prohibir y prevenir el Acoso Laboral en Puerto Rico”.

También establece una "enérgica y vigorosa” política pública "contra el acoso en el entorno laboral local, define su ámbito de aplicación, procedimientos, prohibiciones y sanciones”.

De igual forma, la medida aprobada, faculta al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos y a la Oficina de Capacitación y Asesoramiento en Asuntos Laborales y de Administración de Recursos Humanos a adoptar y promulgar la reglamentación necesaria para administrar y poner en ejecución las disposiciones de esta ley.

Según la Exposición de Motivos, la medida es el resultado del reconocimiento del "grave” problema que muchos psicólogos laborales e investigadores del tema han identificado como la epidemia del Siglo XXI en el contexto laboral.

De hecho, el acoso laboral en el empleo constituye un problema que tiene serias consecuencias en la salud física o emocional de los trabajadores, así como en su productividad, se precisa.

Conforme a una encuesta realizada en la Unión Europea, cerca de un ocho por ciento de los trabajadores encuestados que representaban un total de 12 millones, se identificaron como víctimas de acoso laboral en sus lugares de empleo.

A nivel de los Estados Unidos la situación es similar, razón por la cual varios estados, entre los que se encuentra Massachusetts y Oregón, han presentado medidas similares dirigidas a legislar en contra del acoso en el contexto laboral.

Esta fue una de las piezas legislativas consideradas en la presente Sesión Extraordinaria convocada por la gobernadora Wanda Vázquez Garced.

Para el autor de la pieza legislativa, el representante José Enrique Meléndez Ortiz, "si bien es cierto que en Puerto Rico la ausencia de legislación específica que regule la nefasta práctica del acoso en el contexto laboral no impide que los patronos puedan incurrir en responsabilidad civil por conducta torticera bajo el Artículo 1802 del Código Civil de Puerto Rico por lo que entendemos necesario y pertinente disponer de legislación que atienda las particularidades y complejidades de esta modalidad”.

El Proyecto de la Cámara 306 establece la importancia de distinguir la figura del despido constructivo contemplada en la Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 1976, con lo relacionado al acoso laboral aquí establecido. C

El próximo día de Sesión es el miércoles, 29 de julio. INS

ADVERTISING
.