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Presidente de la CEE emite resolución para agilizar trabajos de junta de anuncios

Publicado: Febrero 19,2020 7:43pm
 Presidente de la CEE emite resolución para agilizar trabajos de junta de anuncios

 El presidente de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), Juan Ernesto Dávila Rivera, resolvió hoy aprobar mediante la Resolución CEE-RS-20-55, las enmiendas propuestas con el propósito de agilizar los trabajos de la Junta Examinadora de Anuncios (JEA), al no alcanzar unanimidad entre los comisionados electorales.

Explicó que los cambios van dirigidos a acelerar el trámite administrativo y en el caso de la primera enmienda va dirigida a especificar qué ocurre si la JEA no atiende la solicitud de anuncio dentro de los diez días laborables que concede el Reglamento.

"Las enmiendas propuestas por la Presidenta de la JEA no van dirigidas a eliminar o relajar los contornos sustantivos de la veda electoral, según han sido delimitados por la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico. Los criterios sustantivos son los mismos”, dijo Dávila Rivera.

La propuesta permite que se publique el anuncio, condicionado a que se presente una certificación bajo juramento, que indique haber publicado de conformidad a las Reglas 3.3, 5.1(E) y 5.1(F) del Reglamento y se aneje una certificación juramentada, con copia del anuncio publicado.

"Esta medida es razonable, además de que se reserva el derecho de la JEA de revisar el anuncio para su aprobación final o para prohibir su publicación prospectiva en los medios de difusión por no cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento”, expuso el presidente de la CEE.

Mientras, dijo, la segunda enmienda va dirigida a que la presidenta de la JEA pueda preparar un informe de aprobación de una solicitud radicada por una agencia de gobierno, sin la necesidad del voto de los oficiales examinadores, en los casos de convocatorias para reclutamiento, anuncios de prensa requeridos por ley, páginas de internet y de cualquier red social.

Igualmente, en cualquier asunto que los oficiales examinadores entiendan necesario, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento y sean conforme a aprobaciones de la Junta en solicitudes similares anteriores.

"Esta segunda enmienda permite que la presidenta de la JEA tenga discreción para atender directamente las solicitudes de publicación en aquellos casos en que la JEA ya hayan visto solicitudes anteriores y las hayan aprobado”, anotó.

Dávila Rivera indicó que "a pesar de la reducción presupuestaria que ha tenido la CEE, es nuestro deber buscar formas para agilizar el proceso de aprobación en la JEA”.

"Si bien es cierto que la Junta de Supervisión Fiscal vetó la partida presupuestaria que contenía los recursos necesarios para que la JEA funcione con mas agilidad, es nuestro deber buscar una solución al problema”, anotó.

Argumentó que "en varias reuniones de Comisión he esbozado esta preocupación. Ante esta realidad, es necesario tomar acción. Confío en que estas enmiendas agilizarán los trabajos de la JEA y la publicación de anuncios, dentro del marco de la legalidad y respetando los contornos sustantivos de la veda electoral”. INS

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