El país se encamina a entrar en un “limbo jurídico, político y electoral” de no celebrarse las elecciones del 5 de julio

Publicado: Mayo 13,2020 10:08pm
 El país se encamina a entrar en un “limbo jurídico, político y electoral” de no celebrarse las elecciones del 5 de julio

Si no se celebraran las elecciones presidenciales y legislativas pautadas para el 5 de julio 2020, la República Dominicana entraría en "un limbo jurídico” que implicaría una crisis política y electoral, aunque para algunos juristas especializados en asuntos constitucionales esa situación se solucionaría con un pacto político para una modificación a la Constitución de la República.

Lo que está en discusión por ahora es la continuidad en el poder de las actuales autoridades gubernamentales (presidente y la vicepresidenta, así como los legisladores) más allá del 16 de agosto, cuando deberá producirse la juramentación de los nuevos funcionarios.

¿Continuará gobernando el presidente Danilo Medina más allá del 16 de agosto, si no hay elecciones el 5 de julio? ¿Habrá elecciones en medio del estado de emergencia por el coronavirus?

Esas interrogantes rondan en la mente de los dominicanos, pero algunos especialistas como los abogados Julio Cury y Eduardo Jorge Prats, tienen una explicación a esta inquietud.

Julio Cury, profesional que ha defendido a uña y diente la administración del presidente Danilo Medina, considera que la salida más apegada a la "laguna jurídica” que podría surgir, la contempla la Constitución en su artículo 274, al no establecer una alternativa en caso de que nuevos presidente y legisladores no puedan ser elegidos antes del 16 de agosto, es la continuación de estos en sus cargos hasta tanto puedan ser seleccionados sus reemplazos.

El letrado, que en otros tiempos defendió la fracasada reelección presidencial de Medina sin modificar la Carta Magna y que ha sido representante legal del gobernante dominicano en conflictos judiciales, elaboró un ensayo donde trató de interpretar una solución acorde con los principios de la propia Constitución.

La conclusión de sus razonamientos fue que "todo remedio que no sea la prórroga del vigente período presidencial y congresual, conduce al absurdo, se aparta del sentido que subyace en el artículo 275 de la carta sustantiva”.

Apunta que la Carta Magna de la nación isleña no previó qué pasaría con el funcionario electivo cuyo mandato llegue a su final sin que hayan sido elegidos sus sucesores, y el artículo 274 se limitó a establecer el cese del presidente, del vicepresidente, de los legisladores y parlamentarios de organismos internacionales el día 16 de agosto cada cuatro años.

Cury se pregunta: "¿Quién se encargaría del Poder Ejecutivo y del Congreso Nacional en la eventualidad de que la pandemia nos niegue una tregua para asegurar el derecho al sufragio sin amenaza de contagiarse?”.

El abogado estima que para resolver esa duda debe hacerse uso de la interpretación, a partir de los principios y valores de la propia Ley Sustantiva. En ese propósito, se auxilia en el artículo contiguo, el número 275, que reza: "Los miembros de los órganos constitucionales, vencido el período de mandato para el que fueron designados, permanecerán en sus cargos hasta la toma de posesión de quienes les sustituyan”.

De lo anterior induce que, en caso de no haber elecciones antes del 16 de agosto, las autoridades de turno tendrían que continuar ejerciendo sus atribuciones.

Otros abogados proponen la formación de un consejo o junta de gobierno para resolver ese conflicto, pero Cury opina que la propuesta carece de salida para el vacío que se produciría en el Senado y la Cámara de Diputados, y se construye "bajo el ámbito de libertad estimativa que comporta la discrecionalidad o el capricho”.

El 22 de abril de 2020, el abogado Eduardo Jorge Prats coincidió con su colega Julio Cury en que Medina debe continuar gobernando si no se pueden celebrar los comicios, y se basa "en el principio democrático y de continuidad del Estado”.

"El constituyente quiere que el mandato del Ejecutivo y los legisladores termine el 16 de agosto, partiendo de que hubo elecciones y autoridades electas. Si no hay elecciones, el principio democrático y de continuidad del Estado imponen permanencia de ambos hasta que JCE celebre elecciones y se juramenten las nuevas autoridades electas”, aseguró.

Las inquietudes emergen ante la posibilidad de que no se pudieran celebrar la consulta popular debido a la situación sanitaria provocada por el coronavirus.

Precisa que la interpretación constitucional debe ser útil y razonable, "no fomentadora del caos y de la interrupción del orden constitucional”.

"Esta continuidad de los actuales legisladores y del ejecutivo, aparte de que garantiza el control democrático del poder, no es indefinida ni permanente porque un órgano extra poder, la JCE, es el que tiene potestad para ordenar cuándo hay condiciones para celebrar elecciones”, añadió Jorge Prats.

Respecto al virtual consenso político para buscar una solución a esa eventualidad electoral, Prats plantea que esa iniciativa "debe partir de esta base constitucional de continuidad democrática y del Estado, vigente en los últimos 90 años de nuestra historia republicana, salvo el convulso y conflicto interregno 1961-1966”, añadió.

Las elecciones congresuales y presidenciales estaban pautadas para el 17 de mayo, pero debido a la pandemia del Covid-19 fueron pospuestas para el próximo 5 de julio y una eventual segunda vuelta para el día 26.

El opositor Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) rechazó la recomendación de un grupo de profesionales del derecho, entre los que figuran Enmanuel Esquea Guerrero, Eulogio Santaella, Federico Lalane, Leopoldo Franco, Jaime Fernández y Chery Jiménez, que procura que por ley la Junta Central Electoral (JCE) adopte las funciones del Poder Ejecutivo en caso de que no se puedan realizar las elecciones presidenciales y congresuales antes del 16 de agosto.

Mientras Bautista Rojas Gómez, director operativo de la Fuerza del Pueblo (FP), que preside el exgobernante Leonel Fernández, consideró como bien intencionada la idea, pero entiende que no hay vuelta atrás y que el país se está preparando para celebrar elecciones en tiempos de Covid-19.

Votaciones segmentadas

En medio de la crisis sanitaria, la JCE promueve comicios segmentados, de manera que las mujeres voten en la mañana y los hombres en la tarde, para evitar contagios.

Organizaciones de la sociedad civil se oponen al plan, acogido por partidos políticos, asegurando que esto limitaría la participación ciudadana y coartaría el derecho al voto de los dominicanos.

Estas observaciones fueron realizadas por organizaciones como Save de Children, El Mitin, Red de Defensoría de Derechos Humanos Mujeres y Jóvenes, Transsa, PolétikaRD.

El colectivo asegura, además, que esta propuesta "vulnera derechos de personas trans y mujeres en el país, que tienen un tiempo mucho más limitado que los hombres, al llevar una mayor carga social, pues le son asignadas tareas de cuidado y labores doméstico en el marco de la crisis sanitaria provocada por el Covid-19”.

Las mujeres representan el 51.1% del padrón electoral y los hombres, el 48.9%. Para las elecciones de 1998 se contempló una medida similar y la abstención del voto fue casi del 50%, enfatizó el grupo.

De igual forma, asegura que la experiencia de vigilancia epidemiológica de otros países de la región, como Perú y Panamá, han demostrado que la segregación por sexo no representa una medida real para evitar el contagio entre personas.

Añaden que con esta disposición se vulneran los derechos de las personas transexuales, "al ser una medida que no toma en consideración las necesidades y respeto a la privacidad, intimidad y a la expresión de género, lo que podría llevar a este grupo a exponer su privacidad al ejercer su derecho al sufragio”.

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