Tribunal Superior Electoral declara cerrados los recursos jurídicos relacionados con las propuestas de candidaturas

Publicado: Junio 18,2020 6:54pm
 Tribunal Superior Electoral declara cerrados los recursos jurídicos relacionados con las propuestas de candidaturas

El Tribunal Superior Electoral (JCE) declaró  cerrada la acción de recursos relacionados con las propuestas de candidaturas de cara a las elecciones presidenciales y congresuales pautadas para el próximo 5 de julio.

En ese sentido, declaró inadmisible un recurso de impugnación en contra de la resolución 38-2020, emitida por la Junta Central Electoral, el 19 de marzo, sobre admisión de candidaturas para el nivel de diputaciones en provincias y circunscripciones territoriales en la República Dominicana correspondiente a los comicios de este año.

En el dispositivo de la sentencia TSE-672-2020, la alta corte justificó la decisión basada en los principios de "Preclusión y calendarización” que rigen el proceso electoral, al considerar que "la etapa de reclamación  ya está consolidada”.

El Principio de Preclusión, también denominado principio de Eventualidad, se basa en la pérdida o extinción de una facultad o potestad procesal. El fundamento de esa norma jurídica se encuentra en el orden consecutivo del proceso, es decir, en la especial disposición en que se han de desarrollar los actos procesales.

La impugnación fue sometida por la señora María Magdalena González, el 29 de mayo pasado, según se expresa en declaraciones escritas a la prensa.

La postura jurídica fue adoptada por el tribunal con el voto unánime de los 5 jueces que lo componen: Román Jaquez Liranzo, quien lo preside, además de los meimbros Rafaelina Peralta Arias, Santiago Sosa, Cristian Perdomo y Ramón Madera Arias.

Previo a conocer la demanda, el TSE dispuso la inaplicación en ese caso, por considerarlo inconstitucional, del artículo 145 de la ley 15-19, orgánica de régimen electoral, que establece que las resoluciones que dicte la Junta Central Electoral (JCE) sobre propuestas de candidaturas "únicamente pueden ser recurridas en revisión ante la propia Junta Electoral”.

La declaratoria de inconstitucionalidad de ese texto legal, fue dispuesta también de oficio por los jueces del organismo, fundamentado en la ley 137-11, orgánica del Tribunal Constitucional y los procedimientos constitucionales.

De esa forma, se declaró competente para conocer el recurso de impugnación contra la resolución emitida por el órgano rector de elecciones, dice el documento.

Para los comicios del 5 de julio están convocados 7,5 millones de electores que deberán escoger al presidente y vicepresidente de la República, 190 diputados, 32 senadores y 20 diputados de ultramar representados en el Parlamento Centroamericano (Parlacen). En el exterior sufragarán más de 500,000 dominicanos. 

 

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