Junta de control fiscal pone reparos a nueva ley que le impide a las aseguradoras de salud quitarles servicios a los pacientes

Publicado: Agosto 31,2017 1:38pm
Junta de control fiscal pone reparos a nueva ley que le impide a las aseguradoras de salud quitarles servicios a los pacientes

La Junta de Supervisión y Administración Financiera para Puerto Rico notificó hoy al gobernador Ricardo Rosselló y a la Legislatura que la Certificación de Cumplimiento emitida por el Gobierno estatal el 1 de agosto en relación con la recientemente aprobada Ley 47, no contiene el requerido estimado formal sobre el impacto fiscal de la ley.

La Junta apuntó que su análisis preliminar la lleva a concluir que la Ley 47 es significativamente inconsistente con el Plan Fiscal para Puerto Rico, añadiendo que "en base a la información disponible al presente, parece irrealista esperar que la Ley 47 no vaya a aumentar los costos médicos”, lee la carta de la Junta de Supervisión.

La Junta señaló que la Sección 204(a)(2)(A) de la ley federal Promesa, que crea la Junta, dispone que una certificación de cumplimiento deberá incluir un "estimado formal… del impacto, si alguno, que la ley habrá de tener sobre gastos e ingresos”.

Por tanto, la Junta requirió al gobierno que provea un estimado formal sobre el impacto que la implantación de la ley tendrá sobre los gastos de servicios de salud públicos.

"La significativa pérdida de fondos federales para salud que experimentará la Isla hacen tanto más urgente reformar el sistema mediante el cual se le provee el tan necesario cuidado de salud al Pueblo de Puerto Rico.

Sin embargo, la Junta estima que la Ley 47 probablemente aumentará los costos del cuidado de salud e impedirá la capacidad del Gobierno de desarrollar modelos efectivos de cuidado de salud que cumplan con los objetivos de ahorros en salud que requiere el Plan Fiscal certificado para alcanzar la recuperación de Puerto Rico”, dijo Natalie Jaresko, directora ejecutiva de la Junta.

Sin embargo, la ley 47 enmienda la Ley 77 de 2013 (Ley Habilitadora del Procurador del Paciente) para garantizar mayores protecciones a los pacientes en Puerto Rico y procurar por mejores servicios de salud, entre otros fines.

La enmienda del gobierno protege a los pacientes para que las aseguradoras de salud no le quiten por fines puramente económicos los medicamentos y estadías hospitalarias de los pacientes.

La enmienda le da poder al Procurador para que imponga penalidades por los abusos.

Según la enmienda introducida, "es sabido que, son innumerables los casos en que las aseguradoras, ya sea mediante la utilización de las mencionadas guías estandarizadas u otros subterfugios, dilatan o impiden que un paciente reciba los servicios médicos que su proveedor entiende que necesita.

Ello sucede tanto en la etapa de diagnóstico como de tratamiento”.

"Ante este escenario, resulta imprescindible auscultar maneras innovadoras y eficientes de evitar que esto suceda.

Una opción justa, moral y razonable es sostener a las aseguradoras al estándar de responsabilidad civil originadas en culpa o negligencia, al amparo del Artículo 1802 del Código Civil de Puerto Rico.

Cónsono con lo anterior, aun cuando esta Asamblea Legislativa entiende que existe un deber de fiducia de las aseguradoras y que bajo el ordenamiento vigente pueden estar sujetas a responsabilidad por daños, se crea una causa de acción estatutaria para aquellos casos en que la aseguradora, directa o indirectamente, interviene en el diagnóstico o tratamiento del paciente y como resultado de dicha intervención, el paciente sufre un daño”, se indica en la nueva Ley.

Señaló que el servicio que ofrece una compañía de seguro de salud es accesorio a los servicios que brinda un proveedor.

Por su parte, el servicio de cubierta que ofrece la aseguradora únicamente ocurre cuando el asegurado requiere servicios médicos.

A su vez, el proveedor tiene un deber de fiducia ante el paciente, por tanto, se puede colegir que la aseguradora también tiene o debería tener, un deber de fiducia similar a aquel que tienen los médicos y hospitales.

La ley restituye la autoridad del Procurador del Paciente para intervenir en los abusos que puedan cometer las aseguradoras privadas.

El presidente de la Junta, José Carrión III, tiene una estrecha relación con una aseguradora. 

 

 

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