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Salud exhorta a comenzar anticipadamente el proceso de vacunación para el próximo año escolar

Publicado: Junio 4,2018 2:15pm
 Salud exhorta a comenzar anticipadamente el proceso de vacunación para el próximo año escolar

 Con el lema: "Rumbo a la escuela entusiasmado y vacunado”, el Departamento de Salud aprovechó las últimas semanas del actual año escolar para instar a los padres a actuar anticipadamente informándose sobre las vacunas que formarán parte de los requisitos de inscripción al sistema de educación del país durante el próximo curso escolar 2018-2019 y no dejar este importante proceso para último momento. 

"Al cumplir con los requisitos mínimos de vacunación para el curso escolar 2018-2019, más allá de seguir la ley, les estaremos proporcionando a todos nuestros niños y jóvenes, la oportunidad de disfrutar una calidad de vida plena, protegiéndolos significativamente del riesgo a contraer enfermedades peligrosas y en muchos casos mortales” señaló el Dr. Rafael Rodríguez Román, Secretario del Departamento de Salud. 

Por tales motivos, es importante que cada padre verifique la tarjeta de su hijo y se asegure que previo al inicio del curso escolar 2018 -2019, tengan administradas las vacunas requeridas, así como las recomendadas para que estén completamente protegidos. De igual forma, el status de vacunas de cada niño o joven puede ser verificado entrando al Registro Electrónico de Vacunación (PRIR) en la siguiente dirección: https://prir.salud.pr.gov

El titular de Salud recalcó a los padres de los adolescentes sobre la importancia de la vacunación contra el virus del papiloma humano (VPH), ya que para este próximo año escolar (2018-2019), forma parte de los requisitos de ley para los adolescentes  de ambos sexos con 11 y 12 años de edad. "Esta serie debe ser iniciada a los 11 años de edad conjuntamente con las vacunas de Tétano Difteria y Tosferina y la vacuna contra la Meningitis Meningococica”, enfatizó el Dr. Rodríguez Mercado, mientras recordó que asimismo, los padres deben vacunar anualmente a los hijos de seis meses de edad en adelante contra la Influenza.

Como en años anteriores, no se requerirá el Certificado de Vacunación a aquellos estudiantes que presenten una declaración jurada en la que solicite exención para vacunar por razones religiosas; o una certificación firmada por un médico autorizado a ejercer la profesión en Puerto Rico, en la que solicite dicha exención por condiciones médicas. No obstante, en casos de epidemias y según la ley lo faculta, el Secretario de Salud podrá requerir la vacunación a los estudiantes declarados exentos por razones religiosas y los estudiantes exentos por condiciones médicas serán evaluados según su condición y la vacuna a administrar.

Se informó que para los participantes de Mi Salud y niños sin plan médico, las vacunas estarán disponibles en los proveedores contratados para estos fines. Los niños y adolescentes de  plan médico privado, deberán recibir los servicios de vacunación con sus pediatras o pasar por alguno de los seis Centros de Vacunación Esteban Calderón más cercano a su residencia.

Listado de vacunas requeridas

Conforme a la Ley número 25 de inmunización aprobada el 25 de septiembre de 1983, todos los estudiantes que se matriculen en cualquier institución educativa del país pública o privada, incluyendo los Centros de Cuidado Diurno (de acuerdo a su edad) deben tener administradas las siguientes vacunas:

A los Estudiantes de Escuela Elemental, Intermedia y Superior se les requerirá como mínimo:

1.       Cuatro (4) dosis de la vacuna contra la Difteria, Tétanos y Tosferina (DTaP, DTP, DT) siempre y cuando la última dosis haya sido administrada en o después de los 4 años de edad.
2.       Tres (3) dosis de la vacuna contra el polio (IPV) siempre y cuando la última dosis haya sido administrada en o después de los 4 años de edad.
3.       Una (1) dosis de la vacuna contra el Haemophilus Influenzae tipo B (Hib) (si fue administrada en o después de los quince (15) meses de edad.
4.       Tres (3) dosis de la vacuna contra la Hepatitis B.
5.       Dos (2) dosis de la vacuna contra el Sarampión común, Sarampión alemán y Paperas (MMR).
6.       Dos (2) dosis de la vacuna contra la Varicela (VAR).
7.       Una (1) dosis de la vacuna conjugada contra el neumococo, siempre y cuando esta haya sido administrada en o después de los 24 meses de edad.
8.       Una (1) dosis de la vacuna contra el Tétano, difteria y pertusis acelular (Tdap) para todos los adolescentes de 11 a 18 años de edad.
9.       Una (1) dosis de la vacuna conjugada contra el meningococo (MCV4) para todos los adolescentes de 11 años de edad.  Todo adolescente vacunado entre las edades de 11 a 12 años, requerirán una dosis de refuerzo a la edad de 16 años.  Todo adolescente que fue vacunado entre los 13 a 15 años de edad también requerirá una dosis de refuerzo entre los 16 años hasta los 18 años.  Si la primera dosis se administró a la edad de 16 años o más, no necesita dosis de refuerzo.
10.   Una (1) dosis de la vacuna contra el virus de papiloma humano (VPH) para los adolescentes de 11 a 12 años de edad y completar la serie según indicado en el Itinerario de Vacunación.

A los Estudiantes Universitarios de nuevo ingreso menores de 21 años se les requerirá como mínimo:

1.       Un (1) refuerzo de la vacuna contra el Tétanos, difteria y pertusis acelular (Tdap) y/o un refuerzo de la vacuna contra el Tétano y difteria (Td) según sea el caso.
2.       Dos (2) dosis de la vacuna contra el Sarampión común, Sarampión alemán y Paperas (MMR).
3.       Tres (3) dosis de la vacuna contra la Hepatitis B.
4.       Tres (3) dosis de la vacuna contra el Polio (OPV/IPV), si la última fue administrada en o después de los cuatro (4) años de edad.

Estas vacunas deben estar registradas en el Formulario P-VAC-3 (papel verde)

CN

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