Cabo Rojo mantiene fondos para mitigación de inundaciones

Publicado: Septiembre 10,2018 1:44pm
 Cabo Rojo mantiene fondos para mitigación de inundaciones

 El Municipio de Cabo Rojo mantuvo 2 millones 056 mil 176 dólares en fondos federales del programa CDBG-DR-2008, para un proyecto de mitigación de inundaciones en la comunidad Pole Ojea, al solucionarse a su favor un recurso de Mandamus que radicó el alcalde Roberto "Bobby” Ramírez Kurtz contra el director ejecutivo de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario (ODSEC), Jesús Vélez Vargas, quien rehusaba ordenar su desembolso.

"Muy pronto los residentes de Poleo Ojea verán el comienzo de la construcción del proyecto para evitar la inundación de su comunidad, en virtud de una estipulación lograda bajo la supervisión de la jueza superior Lauracelis Roques Arroyo, después que el Departamento de la Vivienda -agencia que sustituyo en ley a la ODSEC-, retirara sus objeciones para desembolsar los más de 2 millones de dólares que el Municipio de Cabo Rojo había gestionado ante la OCAM, entidad que fue sustituida por la ODSEC”, expresó Ramírez Kurtz en declaraciones escritas.

El primer ejecutivo caborrojeño explicó que el municipio solicitó el desistimiento con perjuicio del recurso de Mandamus e Interdicto, el cual fue concedido por la jueza Roques Arroyo, porque el litigio se tornó académico luego que el secretario del Departamento de la Vivienda, Fernando Gil Enseñat, enviara los documentos requeridos por la administración municipal en los cuales se retiran las objeciones para el desembolso de los fondos mencionados.

Señaló que los documentos incluyen dos cartas de Gil Enseñat: la primera reconoce que el municipio caborrojeño cumplió con la ley para autorizar el desembolso de los fondos para adquirir los terrenos donde se construirá el canal para el manejo de escorrentías en Pole Ojea; y la segunda retira una enmienda mediante la cual reasignaban los fondos para obras del DRNA en el Municipio de Salinas. La Moción de Desistimiento del municipio "agradece” el trabajo del secretario de la Vivienda, su equipo de trabajo y los abogados que colaboraron en esta gestión” para la resolución del caso judicial.

"Las cartas que liberan los fondos y ordenan el desembolso al municipio de Cabo Rojo fueron producidos por el Departamento de la Vivienda después que la jueza Roques Arroyo ordenara el 27 de agosto, que las partes presentaran las estipulaciones de hechos en o antes del 29 de agosto. La celeridad para la resolución del caso fue para evitar que los fondos se recapturaran al finalizar el año fiscal federal, el 30 de septiembre del año en curso”, dijo el alcalde.

Agregó que el recurso de Mandamus, Sentencia Declaratoria e Interdicto Preliminar y Permanente fue radicado contra Vélez Vargas "por mantener un patrón de conducta discriminatoria contra el Municipio de Cabo Rojo, al ejercer su autoridad particularmente en lo que respecta a la evaluación y adjudicación de solicitudes; todo eso en clara violación de los derechos consignados en nuestra Constitución y de las múltiples disposiciones estatutarias y administrativas que prohíben la consideración de criterios parcializados para la toma de este tipo de decisión”.

Ramírez Kurtz indicó que había advertido que, además de la gran cantidad de dinero y esfuerzo invertidos por su administración municipal en el cumplimiento con los requisitos para acceder a los fondos asignados por HUD bajo el Programa CDBG-DR-DREF 2008, la alegada inacción de Vélez Vargas creaba una posibilidad real de que los mismos se recapturaran si no eran desembolsados antes del 30 de septiembre de 2018, cierre del año fiscal federal. La orden del tribunal fue emitida ese mismo día.

El recurso legal afirmaba que el daño al cual se exponía el municipio "es sustancial e inminente ya que, está en riesgo el acceso a unos fondos federales debidamente asignados, sin los cuales no será posible realizar un importante proyecto de mitigación de inundaciones en la Comunidad Pole Ojea, el cual resulta indispensable para quienes allí residen y que el Municipio no puede sufragar con su fondo general”.

Agregaba que en el balance de que "el demandado Vélez Vargas cumpla cabalmente con sus obligaciones se encuentra la seguridad de los residentes de la Comunidad Pole Ojea, por lo cual procede que se dicte sentencia declaratoria a favor de la parte demandante, decretando que el Municipio de Cabo Rojo tiene derecho al desembolso de los fondos en cuestión”.

CN


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