Autorizan que taxistas y porteadores públicos puedan realizar entregas de carga liviana

Publicado: Mayo 5,2020 7:12am
 Autorizan que taxistas y porteadores públicos puedan realizar entregas de carga liviana

 El presidente del Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos (NTSP), Luis García Fraga, anunció mediante la carta circular XIV-2020, la autorización provisional gratuita para que taxistas y porteadores públicos puedan realizar entregas de carga liviana y que, a su vez, puedan realizar acuerdos con los distintos comercios, incluyendo aplicaciones móviles, para facilitar la entrega de la mercancía entre el comercio y el ciudadano.

"La gobernadora firmó la orden ejecutiva 2020-038 para garantizar la seguridad de todos los ciudadanos en medio de la emergencia, y cumpliendo con la orden, en el NTSP hemos establecido el proceso mediante el cual permitiremos que taxistas y porteadores públicos puedan solicitar de forma gratuita una autorización provisional para el transporte de carga cuyo peso sea de 10 mil libras o menos”, sostuvo.

Para el funcionario, "la industria de taxistas y porteadores públicos se ha visto muy afectada por la emergencia y sus ingresos quedaron prácticamente en nada. Con estas medidas, pretendemos garantizar la continuidad de los servicios esenciales, mientras le damos la oportunidad a los taxistas y porteadores públicos de obtener algún tipo de ingreso”.

Para adquirir la autorización provisional gratuita, el solicitante debe acceder a la plataforma digital del NTSP a través de www.renovacionesonline.com y completar el registro como persona (no como empresa), si aún no lo ha hecho. Los documentos requeridos son:

-Resolución y orden en PDF evidenciando la vigencia del vehículo autorizado y/o certificado de autorización correspondiente (vigente).

-Licencia de operador emitida por el NTSP bajo alguna de las siguientes modalidades:

Operador de taxi o porteador público u operador para el transporte de pasajeros (menor cabida o comercial). La autorización de operador debe concordar con el tipo de vehículo para el cual se solicita autorización.
Si es un concesionario de empresa de taxi o vehículo público conduciendo su propia unidad, no tendrá que contar con una autorización de operador y podrá presentar su licencia de conducir emitida por el DTOP.

-Tarjeta de Seguro Social.

-Licencia del vehículo de motor del Departamento de Transportación y Obras Públicas (vigente o vencida a partir del 1 de marzo de 2020) del vehículo autorizado.

Por último, García Fraga explicó que la autorización "permitirá brindar el servicio de transporte en las diferentes plataformas digitales que ofrezcan servicios de entrega a los ciudadanos. Además, autoriza al solicitante a ofrecer sus servicios a distintos supermercados, farmacias, ferreterías y cualquier otro negocio que pueda servirles de facilitador entre el comercio y el ciudadano que adquiere los bienes”. INS

 

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