Video: Para los que dicen que no necesitan licencia, marbete ni tablilla en PR porque la Constitución se los permite
El pasado 12 de mayo, el Tribunal de Utuado impuso una multa de $500 más $100 en pena especial a Miguel Figueroa Collazo, concediéndole un plazo de 30 días para efectuar el pago.
El conductor, quien decidió representarse a sí mismo al no reconocer la jurisdicción del foro judicial, enfrentó cargos administrativos por diversas violaciones a la Ley 22 de Vehículos y Tránsito. Entre ellas se encontraban conducir un vehículo sin registro, con el marbete vencido, sin inspección y con tintes en los cristales que presuntamente incumplían las normas establecidas.
Además, Figueroa Collazo fue citado por infringir la Ley 253 que regula el seguro compulsorio de vehículos de motor.
Los hechos se originaron en octubre de 2025 en Utuado, cuando agentes de la División de Patrullas de Carreteras detuvieron el Suzuki que manejaba el señor Figueroa Collazo. Según el informe policial, el vehículo transitaba con los derechos anuales vencidos.
Durante la intervención, el conductor argumentó que la Constitución de Puerto Rico lo amparaba para operar el automóvil sin necesidad de marbete ni seguro obligatorio.
Este caso resalta la importancia de cumplir con los requisitos básicos de tránsito en la isla, recordando a los automovilistas que las disposiciones constitucionales no eximen del cumplimiento de las leyes de vehículos y seguridad vial vigentes. Las autoridades continúan enfatizando que circular sin la documentación y protecciones requeridas genera riesgos tanto para el conductor como para otros usuarios de las vías públicas.
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