Tribunal Supremo ordena divulgación de nombres de empleados contratados ilegalmente por el Municipio de Ponce

Publicado: Febrero 28,2017 12:40pm
Tribunal Supremo ordena divulgación de nombres de empleados contratados ilegalmente por el Municipio de Ponce

El Tribunal Supremo de Puerto Rico denegó con un "No ha Lugar” una Solicitud de Certiorari presentada por el Municipio de Ponce lo que avala la petición del portavoz del PPD en la Legislatura Municipal de Ponce, Luis M. Irizarry Pabón, para que la alcaldesa María E. Meléndez Altieri divulgue los nombres de los empleados contratados en violación a una ordenanza que le prohibía hacerlo.

 

El panel del Supremo que intervino estuvo integrado por los jueces Rafael Martínez Torres, Edgardo Rivera García y Ángel A. Colón Pérez. La Resolución, fechada el 21 de febrero de 2017, fue certificada por el licenciado Juan Ernesto Dávila Rivera, Secretario del Tribunal. El Municipio tiene derecho a solicitar reconsideración dentro de 10 días laborables a partir del 21 de febrero. 

La información la compartió Irizarry Pabón en una conferencia de prensa, celebrada hoy, martes, y en la que fue acompañado por la licenciada Yazmín Colón del Bufete Emmanuelli, Víctor Vassallo, presidente del PPD en Ponce; Justiniano Díaz, legislador municipal del PIP en Ponce y representantes de los empleados municipales.

Irizarry Pabón explicó que la determinación del máximo foro judicial sostiene el dictamen previo del Tribunal de Apelaciones que había ordenado a Meléndez Altieri proveer el acceso a expedientes de los empleados municipales y a los nombres de los contratados ilegalmente durante el período del reajuste de la jornada laboral que llevó a la mitad el horario de los trabajadores del Municipio de Ponce. El documento reconoce el derecho de Irizarry Pabón, como legislador municipal, a tener acceso a la información reclamada.

La Ordenanza Municipal #50, Serie 2012-2013, dispuso la reducción de la jornada laboral a los empleados municipales y el reajuste de un 10 por ciento al salario del personal de confianza, jefes de agencias e incluso la propia alcaldesa. Asimismo, dispuso, que el gobierno de Meléndez Altieri no puede contratar personal de confianza hasta que se normalice la jornada de trabajo de los empleados regulares.

Desde que Irizarry Pabón descubrió las contrataciones ilegales, hace más de un año, Meléndez Altieri ha evadido acatar órdenes judiciales previas y decidió buscar amparo en el Tribunal Supremo.

Con el "No Ha Lugar”, los jueces supremos mantuvieron que en la petición de Irizarry Pabón "por ser información pública”, no (no) se ha demostrado que cause perjuicio a parte alguna por lo que el Municipio está obligado a proveer, a toda persona que lo solicite, los datos básicos de su nómina, entiéndase los nombres de cada empleado o funcionario municipal, junto a su compensación o sueldo real, puesto o cargo que ocupa, departamento o dependencia al que está adscrito el puesto, así como el cargo función que realmente desempeña y la dependencia en la cual lo hace. Asimismo, se rechaza el argumento de Meléndez Altieri de que con su oposición protege el derecho de confidencialidad del empleado contratado.

Irizarry Pabón ha insistido que la información requerida era necesaria para corroborar que el Municipio Autónomo de Ponce y su alcaldesa están cumpliendo a cabalidad con las disposiciones de Ética Gubernamental y de la Ley de Municipios Autónomos sobre contratación de empleados, y las disposiciones de la Ordenanza 50.

Los tribunales entienden que "el derecho de los ciudadanos de examinar la información en poder del Estado es un corolario necesario del derecho a la libre expresión que dispone el Artículo II, Sección 4, de la Constitución del Estado Libre Asociado”. De igual forma sustentan "que el acceder a la información en poder de un municipio está reconocido expresamente en el Artículo 8.017 de la Ley de Municipios Autónomos”.

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